Ilustración: Iván Rojas

Flor Teresa Ávila Núñez fue regidora del PAN en el municipio Francisco Z. Mena, en Puebla, en la administración 2018-2021, pero vive en el exilio porque teme por su integridad y la de su familia, a pesar de que todos los días la visitan elementos de la Policía Estatal y la llama personal de la Fiscalía General del Estado (FGE) para preguntarle si corre algún peligro.
Este grado de protección le fue otorgado desde 2020 por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), debido a las agresiones, amenazas e intimidación que sufrió por parte del ahora exalcalde morenista Pascual Morales Martínez, quien no logró reelegirse ni podrá ejercer ningún cargo público en los próximos seis años tras ser hallado culpable de violencia política.
El Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP) dictó 48 sentencias por violencia política de octubre de 2018 a diciembre de 2022, pero en el mismo lapso el Instituto Electoral del Estado (IEE) inició casi el triple de expedientes de queja, aunque varios siguen en la etapa de investigación y falta que el tribunal emita una resolución.
La extrema violencia política en Puebla
La violencia política contra Ávila Núñez comenzó con el inicio de la administración, pues no le otorgaron un espacio para trabajar, fue excluida de las reuniones de Cabildo y no le permitían atender a la ciudadanía. Pero ella supo que esto era un asunto grave hasta que la esposa del alcalde la empujó por las escaleras y, tras denunciar la agresión, fue amenazada y le dejaron de pagar su salario.
La exregidora reconoce que por miedo toleró varios meses las agresiones verbales, e incluso el acoso sexual del exalcalde, ya que no sabía a quién acudir y temía represalias más fuertes. Su abogado, Filemón Contra, fue asesinado antes de concluir el litigio que duró tres años y, aunque no hay pruebas para culpar a alguien, ella sabe que fue una venganza.
“Durante este proceso me lo mataron. Ya no acabamos el tema completo. Desconocemos y no podemos decir o poner el dedo (sobre) quién fue directamente, porque sería una mentira, pero gracias a él y al apoyo de mi papá fue que yo pude lograr muchas cosas en el proceso”, refirió en entrevista.
La violencia política, de acuerdo con la Ley para el Acceso de las mujeres a una vida libre de violencia, es “toda acción u omisión, incluida la tolerancia, basada en elementos de género y ejercida dentro de la esfera pública o privada, que tenga por objeto o resultado limitar, anular o menoscabar el ejercicio efectivo de los derechos políticos y electorales de una o varias mujeres, el acceso al pleno ejercicio de las atribuciones inherentes a su cargo, labor o actividad, el libre desarrollo de la función pública, la toma de decisiones, la libertad de organización, así como el acceso y ejercicio a las prerrogativas, tratándose de precandidaturas, candidaturas, funciones o cargos públicos del mismo tipo”.
El artículo 21 bis de dicha ley señala que la violencia política “puede ser perpetrada indistintamente por agentes federales, estatales y municipales, por superiores jerárquicos, colegas de trabajo, personas dirigentes de partidos políticos, militantes, simpatizantes, precandidatas, precandidatos, candidatas o candidatos postulados por los partidos políticos o representantes de los mismos; medios de comunicación y sus integrantes, por un particular o por un grupo de personas particulares”.
Back to Top